CPE

Artículo 263.

Texto Legal

Es deber fundamental de las Fuerzas Armadas la defensa, seguridad y control de las zonas de seguridad fronteriza. Las Fuerzas Armadas participarán en las políticas de desarrollo integral y sostenible de estas zonas, y garantizarán su presencia física permanente en ellas.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 263 del CPE?

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