La responsabilidad del transportador por pérdida, daños o averías, cesa: Por la recepción de las mercaderías por el destinatario sin reclamación, una vez que éste haya verificado su estado y declarado su conformidad;Por el transcurso de un año, en los contratos de transporte dentro del territorio nacional.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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