CCom

Artículo 484. Derecho exclusivo de explotacion

Texto Legal

Quien haya obtenido y registrado una patente de invención conforme a ley, tiene derecho exclusivo a su explotación por el tiempo determinado por aquella. Las normas que regulan las patentes de invención comprenden los descubrimientos, así como las mejoras o perfeccionamiento de un invento.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 484 del CCom?

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