CCom

Artículo 384. Liquidacion y personalidad juridica

Texto Legal

Disuelta la sociedad, se procederá a su liquidación. La sociedad en liquidación mantiene su personalidad jurídica para este sólo fin. Durante la liquidación son aplicables las normas pertinentes al tipo de sociedad de que se trate.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 384 del CCom?

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