CCom

Artículo 367. Derechos y obligaciones frente a terceros

Texto Legal

El o los asociados, encargados de las operaciones, actuarán en su propio nombre. Los terceros adquieren derechos y asumen obligaciones solamente con respecto de dichos asociados, cuya responsabilidad es solidaria e ilimitada. Los asociados no encargados de las operaciones carecen de acción directa contra terceros.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 367 del CCom?

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