CCom

Artículo 1675. Presentacion de la peticion

Texto Legal

La petición de rehabilitación del quebrado, persona física o jurídica, será presentada necesariamente en el juzgado donde se hubiera tramitado el procedimiento de quiebra.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1675 del CCom?

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