CCom

Artículo 1552. Publicacion

Texto Legal

El auto que declare la quiebra será publicado por edicto durante tres días consecutivos en un órgano de prensa, como se indica en el artículo 14.94, haciendo conocer las disposiciones del artículo 1.551 incisos 1. 2, 4, 5, 7, 8 y 10. Esta publicación deberá realizarse dentro de las veinticuatro horas de dictado el auto respectivo, bajo responsabilidad del secretario.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1552 del CCom?

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