CCom

Artículo 1519. Falta de informacion del sindico

Texto Legal

Si el síndico no rinde el informe ordenado por el artículo anterior en el plazo señalado, responderá ante el juez de los perjuicios ocasionados con su demora e incumplimiento.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1519 del CCom?

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 1519 del CCom?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 1519 CCom desde tu celular