CCom

Artículo 1260. Concepto

Texto Legal

La comisión es un mandato sin representación, por el cual el comisionista contrata con los terceros a su propio nombre, pero por cuenta de su comitente, la ejecución de un acto o negocio mercantil.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1260 del CCom?

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