CCom

Artículo 1164. Concepto

Texto Legal

En razón de la garantía el asegurado se obliga a hacer o no determinada cosa o llenar cierta condición, mediante la cual afirma o niega la existencia de una situación de hecho. La garantía se incorpora en el contrato, en forma implícita o expresa. Tenga o no influencia substancial en el riesgo, la garantía debe ser obligatoriamente cumplida. La violación de esta obligación libera al asegurador de su responsabilidad desde la fecha del incumplimiento. El incumplimiento doloso de la garantía. determina la nulidad del contrato, consolidándose en favor del asegurador la totalidad de la prima.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1164 del CCom?

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