CPE

Artículo 72.

Texto Legal

El Estado garantizará a las personas con discapacidad los servicios integrales de prevención y rehabilitación, así como otros beneficios que se establezcan en la ley. Sección IXDerechos de las personas privadas de libertad

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 72 del CPE?

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