CPE

Artículo 212.

Texto Legal

Ninguna candidata ni ningún candidato podrán postularse simultáneamente a más de un cargo electivo, ni por más de una circunscripción electoral al mismo tiempo. Título VFunciones de control, de defensa de la sociedad y de defensa del Estado Capítulo PrimeroFunción de control Sección IContraloría General del Estado

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 212 del CPE?

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