CPE

Artículo 101.

Texto Legal

Las manifestaciones del arte y las industrias populares, en su componente intangible, gozarán de especial protección del Estado. Asimismo, disfrutarán de esta protección los sitios y actividades declarados patrimonio cultural de la humanidad, en su componente tangible e intangible.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 101 del CPE?

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