CTB

Artículo 14. Inoponibilidad

Texto Legal

Los convenios y contratos celebrados entre particulares sobre materia tributaria en ningún caso serán oponibles al fisco, sin perjuicio de su eficacia o validez en el ámbito civil, comercial ti otras ramas de derecho. Las estipulaciones entre sujetos de derecho privado y el Estado, contrarias a las leyes tributarias, son nulas de pleno derecho.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 14 del CTB?

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