CCom

Artículo 990. Propuestas o solicitud

Texto Legal

La propuesta o solicitud de seguro formulada, por una de las partes, por sí sola, no prueba la existencia del contrato de seguro mientras no exista la aceptación de la otra.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 990 del CCom?

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