CCom

Artículo 964. Forma de emision

Texto Legal

La carta de porte y la guía, pueden ser expedidas a nombre del destinatario, a la orden de éste o al portador. Cualquier interesado puede solicitar copias que serán otorgadas con la constancia de que son duplicadas.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 964 del CCom?

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