CCom

Artículo 873. Sancion penal

Texto Legal

El depositario que, sin autorización expresa del depositante, hiciera uso de la cosa depositada o no la devolviera cuando la reclame el depositante, incurrirá en las sanciones contenidas en el Código Penal.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 873 del CCom?

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