Si no existiera plazo señalado para el efecto, el vendedor entregará las mercaderías vendidas dentro de las cuarenta y ocho horas contadas desde el momento del perfeccionamiento del contrato, salvo que de la naturaleza del mismo o de la forma cómo deba hacerse la entrega se desprenda un plazo mayor.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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