En caso de perdida o daño de las mercaderías por siniestro, el Almacén cobrará el importe del seguro y los aplicará en los términos del artículo anterior.
Anterior
Art. 707. Realizacion de la subasta y aplicacion de su producto
Siguiente
Art. 709. Accion ejecutiva del tenedor del bono por el saldo impago
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo