CCom

Artículo 565. Letra a la vista

Texto Legal

Las letras giradas a la vista deben pagarse a su sola presentación. La presentación para su pago debe hacerse dentro del año siguiente a la fecha de la letra. El girador podrá ampliar el plazo o prohibir la presentación antes de determinada fecha, pero dentro del plazo señalado.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 565 del CCom?

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