CCom

Artículo 533. Obligacion del que paga

Texto Legal

El que paga un título no puede exigir que se compruebe la autenticidad de los endosos, pero debe identificar a la persona que presente el título como último tenedor y verificar la continuidad de los endosos.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 533 del CCom?

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 533 del CCom?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 533 CCom desde tu celular