CCom

Artículo 530. Endoso en garantia

Texto Legal

El endoso "en garantía", "en prenda" u otra equivalente, constituye un derecho prendario sobre el título y confiere al endosatario, además de sus derechos de acreedor prendario, las facultades que confiere el endoso en cobranza. No pueden oponerse al endosatario en garantía las excepciones personales que tuvieran contra el endosante.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 530 del CCom?

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