CCom

Artículo 439. Emision de acciones preferidas y bonos

Texto Legal

Las sociedades de economía mixta, previa autorización del órgano administrativo competente, pueden emitir acciones preferidas o bonos de obligación, señalando las condiciones, plazo, valor y otras que tendrán tales emisiones.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 439 del CCom?

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 439 del CCom?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 439 CCom desde tu celular