El acuerdo para la transformación de una sociedad puede ser dejado sin efecto, si no se hubiera publicado y no exista perjuicio para los socios y terceros. Para la revocatoria de la transformación se requiere el acuerdo unánime de los socios salvo estipulación distinta en el contrato de sociedad o lo dispuesto para ciertos tipos de sociedad. Capítulo XIFusión
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