CCom

Artículo 27. Objeto del registro

Texto Legal

El Registro de Comercio tiene por objeto llevar la matrícula de los comerciantes y la inscripción de todos los actos, contratos y documentos respecto de los cuales la Ley establece esta formalidad.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 27 del CCom?

¿Necesitas asesoría sobre el Art. 27 del CCom?

Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.

Consulta Sin Costo
SDV

SDV

Consulta el Art. 27 CCom desde tu celular