Las sociedades anónimas llevarán un registro de acciones con las formalidades de los libros de contabilidad, de libre consulta para los accionistas, que contendrá: Nombre, nacionalidad y domicilio del accionista;Número, series, clase y demás particularidades de las acciones;Nombre del suscriptor y estado del pago de las acciones;Si son al portador, los números y si son nominativas, el detalle de las transmisiones con indicación de las fechas y nombre de los adquirentes;Gravámenes que se hubieran constituido sobre las acciones;Conversión de los títulos con los datos que correspondan a los nuevos, yCualquier otra mención que derive de la situación jurídica de las acciones y de sus eventuales modificaciones.
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