Extinguido el procedimiento de quiebra por pago de las deudas, volverán las cosas al estado que tenían antes de la misma, debiendo sin embargo respetarse los actos de administración legalmente realizados por el síndico y los derechos adquiridos durante la misma por terceros de buena fe.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
Consulta Sin Costo