CCom

Artículo 1533. Efectos del convenio homologado

Texto Legal

La resolución de homologación del convenio obligará al titular de la empresa y a todos los acreedores ordinarios anteriores a la solicitud de convenio, aunque no hayan participado del procedimiento. También produce iguales efectos respecto de los acreedores privilegiados reconocidos en la medida en que hayan renunciado al privilegio. Serán ineficaces los beneficios otorgados a los acreedores que. excedan de lo establecido en el convenio. El acta que contenga las deliberaciones y votación será inscrita en el Registro de Comercio, juntamente con la resolución de homologación del convenio.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1533 del CCom?

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