CCom

Artículo 1424. Calidad de fiduciario y beneficiario

Texto Legal

No son aceptables en una misma persona las calidades de fiduciario y de beneficiario. Si tal cosa sucediera, no podrá ser acreedor de los beneficios del fideicomiso mientras subsista la confusión.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1424 del CCom?

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