CCom

Artículo 1411. Constitucion

Texto Legal

El fideicomiso entre vivos deberán constar en escritura pública registrada según la naturaleza de los bienes. La constituida "Mortis causa" deberá serlo por testamento, conforme a las normas del Código Civil.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1411 del CCom?

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