CCom

Artículo 1192. Mercaderias o productos genericamente designados

Texto Legal

En el depósito de mercaderías o productos genéricamente designados, los Almacenes están obligados a mantener una existencia igual a la cantidad y calidad recibida y son de su cargo las pérdidas ocasionadas por alteración o descomposición, salvo las mermas naturales cuyo monto haya quedado expresamente determinado en, el Certificado de Depósito y Bono de Prenda.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1192 del CCom?

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