El asegurado dará, por escrito, el aviso de abandono dentro de los treinta días siguientes a la fecha de recibo de la información de la pérdida. Tendrá otro término igual si la información no fuera fidedigna con el objeto de investigar la veracidad de las noticias. La falta de aviso de abandono dará lugar a que la pérdida se considere como parcial.
Nuestros especialistas pueden analizar cómo aplica esta disposición a tu situación particular.
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