CCom

Artículo 1131. Falta de beneficiarios

Texto Legal

A falta de beneficiario nominado o determinable, tienen derecho a los beneficios del seguro los herederos del asegurado. Asimismo tienen igual derecho si el asegurado y beneficiario mueren simultáneamente o se ignora cuál de los dos ha muerto primero.

Preguntas Frecuentes

¿Qué establece el Artículo 1131 del CCom?

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